La acción en el mundo romano:
Una acción es: la potestad de
acudir a un órgano administrador de justicia para pedir que se nos resguarden
nuestros derechos.
Articulo 771 C.C. La posesión.
El derecho es algo que se
posee, esa potestad que reconoce la norma jurídica a la persona de poseer o ser
titular de algo
Derecho Objetivo: normas jurídica
Derecho Subjetivo: la facultad que le dan las normas a esa persona de accionar.
Tenemos un derecho cuando la
ley nos reconoce una facultad de tener o gozar de algo.
Los derechos pueden ser sobre
cosas o personales.
Como se establece la relación entre la persona y el
derecho (la adquisición de derecho):
no es más que la unión de la persona con el derecho, puede ser:
Art. 796. 797 C.C
Ocupar:
es la relación de la persona con el
derecho. Las cosas que no son de nadie pero podrían llegar a hacerlo.
• Originaria: es cuando nace un derecho
sin la necesidad de que otra persona nos lo transmita.
• Derivativa: Cuando hay otra persona que
ese derecho nos lo va a transferir.
Ejemplo: Compra-Venta. Art
793...
1952 La prescripción.
1579. El Arrendamiento.
Así como el derecho se
adquiere se puede perder...
Art. 1979 C.C:
**Hechos o Actos Jurídicos**: A través de estos se adquiere o se extingue un derecho.
El hecho jurídico es todo
aquel evento, suceso o acontecimiento que produce un efecto o una consecuencia
en el mundo jurídico.
Esos hechos jurídicos pueden
ser:
Art. 1185 C.C
A) Voluntarios:
Es aquello que el hombre realiza con intención. Se expresa oralmente, a través
de gestos.
B) No voluntarios: es aquel que sucede sin intención. Pueden ser obra de la naturaleza, o
de la acción del hombre. Puede que sin tener la voluntad actué y se produzca así
una consecuencia jurídica.
La voluntad es un requisito esencial
del acto jurídico.
Clasificación de los Hechos jurídicos:
Naturales
Humanos
Voluntario
Involuntarios
Lícitos
Ilícitos
Dependientes: La venta. Tiene
vida por si mismo.
Independientes: El empeño (conocida
en Venezuela como Prenda).
•Para que sirven los actos jurídicos: sirven para crear, para modificar, transferir,
conservar o adquirir derechos.
Como se clasifican los actos Jurídicos:
- Unilaterales: es cuando sea una sola persona la que esta obligada,
comprometida o beneficiada.
- Bilaterales: cuando existe una relación entre 2 personas.
-Solemne: cuando hay que cumplir ciertas formalidades. La Venta de
un inmueble.
-No Solemne: no cumplen formalidades.
-Oneroso: es cuando el acto jurídico genera una ventaja para una de
las partes.
-Gratuito:
cuando hay un equivalente para ambos.
-Intervivos:
personas vivas.
-MortisCausa:
La Herencia.
-Principales (Dependientes)
- Accesorios (Independientes)
En el mundo romano se decía
que había los actos jurídicos de derecho estricto y los actos de buena fe.
-positivos:
van en beneficio de la persona enriquecen su patrimonio.
-negativos: disminuyen su patrimonio.
•Elementos del Acto jurídico:
A)
Esenciales:
son aquellos que sino están presentes no es un acto jurídico. Art 1141:
- Consentimiento: (Voluntad)
para que la voluntad tenga validez tiene que cumplir con el requisito de la
medida de actitud (Capacidad) para manifestar esa voluntad.
- El Objeto: no
es una cosa, en el acto jurídico es la prestación. El dar, prestar, hacer o no
hacer. Art 1155. Objeto de los contratos.
- Causa: es
aquello por lo cual ha surgido o creado el acto jurídico. Art 1157.
B) Naturales
C) Accidentales